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Comunicado: Ministerio de Salud – O.S.F.Fe.N.T.O.S RESOLUCION : 282/2020 TELEASISTENCIA

Comunicado: Ministerio de Salud – O.S.F.Fe.N.T.O.S

RESOLUCION : 282/2020 TELEASISTENCIA

CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 325/2020 se prorrogó la vigencia del Decreto N° 297/20 hasta el 12 de abril de 2020 inclusive.

Se deberán implementar y fomentar el uso de plataformas de teleasistencia y/o teleconsulta, a fin de garantizar las prestaciones de demanda esencial.

A los efectos de la presente Resolución entiéndase por “teleasistencia y/o teleconsulta” a todo servicio asistencial y/o consulta realizada a distancia,
mediante el uso de tecnologías adecuadas que garanticen la prestación del servicio en forma oportuna y en condiciones de calidad apropiadas,
asegurando la intervención inmediata en un contexto de crisis sanitaria. (Ej: Video llamada WHATSAPP, SKYPE, MESSENGER )

La prescripción de medicamentos que resulte necesaria como consecuencia de las prestaciones brindadas en los términos del artículo 1º,
deberá ajustarse a la Resolución Nº 696/2020 del MINISTERIO DE SALUD.

link res 282/2020 teleasistencia
https://drive.google.com/open…

Link res. 696/2020 Receta Digital

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleA…/…/227339/2020040