COMUNICADO PARA PRESTADORES OSFFENTOS
Estimado prestador
Nos comunicamos por este medio para notificarle que la Superintendencia de Servicios de Salud, publicó en el boletín oficial (8 de abril), la resolución 308/2020 (se adjunta link de descarga) , que establece normativas de facturación por el aislamiento social obligatorio.
En tal sentido le comunicamos que el mes de marzo deberá facturarse de la siguiente forma: del 1 al 19 de marzo, en la forma habitual, detallando las prestaciones efectivamente realizadas en ese período, adjuntando Planilla de asistencia firmada por los papás, y del 20 al 31 de marzo según la resolución citada, adjuntando declaración jurada, especificando fehacientemente las prestaciones realizadas en forma virtual.
Si Ud. ya ha enviado la facturación de marzo, deberá hacer llegar nota de crédito anulando la misma y presentar dos facturas, en cumplimiento de la normativa vigente, de acuerdo a lo detallado en el párrafo anterior
Les recordamos que las facturas (y su correspondiente respaldo) y notas de crédito deberán enviarlas a los siguientes mail osffentos@fentos.org.ar y administracionosffentos@fentos.org.ar
Por cualquier duda, o inquietud enviar mail a las casillas de correo, arriba mencionados.
Link Res. 308/2020 : https://drive.google.com/open?id=1YwUcH3PVhTh2-Gz3NhJdGFTrSRYaE7iT
Link Anexo res. : https://drive.google.com/open?id=1yE__lugjDjnh6VgiBHThPS2WRej051HH
Auditoría Médica OSFFENTOS